Contabilidad, Edición 40

¿Ya está preparado para la Declaración Anual de Abril de 2012? Diez Consejos Útiles para Presentar la Declaración y Asegurar la Devolución del Saldo a Favor

Por: M.C. Annapaola Llanas

¿Cuántas veces ha solicitado una devolución de impuestos y a cambio recibe en su domicilio una carta color morado en la que se indica que la devolución fue rechazada? ¿En cuántas ocasiones ha tenido que volver a presentar la declaración anual porque surgieron inconsistencias en la información? Por esto y por muchas otras razones es importante atender a los siguientes consejos para aumentar las probabilidades de recibir su devolución.

Consejo 1. No deje las cosas importantes al último
Se aproxima la fecha de la presentación de la declaración anual de las personas físicas por el ejercicio 2011, por lo que es necesario que quienes deben cumplir con la obligación preparen toda la documentación para que el plazo no los tome por sorpresa. Dicho plazo vence el 30 de abril de 2012.

Consejo 2. Conozca si está obligado a presentar su declaración anual
No todas las personas están obligadas a presentar la declaración anual. Las personas que deben presentar su declaración son las que en el año obtuvieron ingresos en las siguientes situaciones:

1. De más de $400,000
2. De dos patrones o más o que hayan comunicado a su patrón la opción de la presentación voluntaria.
3. Por la prestación de servicios con posterioridad al primero de enero del 2011 o que hayan dejado de prestar servicios antes del 31 de diciembre.
4. Por intereses reales mayores a $100,000 o que hayan percibido intereses y salarios, y la suma de ambos sea mayor a $400,000.
5. Por prestación de servicios profesionales, por actividades empresariales, por haber arrendado cualquier tipo de bienes inmuebles, entre otros.

Consejo 3. Cómo saber cuánto se ganó en el año
Los patrones (los retenedores) tienen la obligación de entregar constancias de retención por los conceptos y los plazos que fueron retenidos. Además, las personas físicas tienen el derecho de solicitar dicha documentación. Esta documentación es muy importante, pues no sólo es la base para el cálculo del impuesto, sino que también es la evidencia documental de que se cumplió con la obligación y se pagaron las cantidades retenidas. El plazo que tienen los retenedores para enviar esta información al SAT vence el 15 de febrero de 2012, por lo que después de esa fecha y antes del inicio del mes de abril ya deben haberla entregado. Consiga y conserve dicha información.

Las personas físicas deben sumar todos sus ingresos, aun cuando hayan trabajado poco tiempo, porque la omisión de ingresos producirá una inconsistencia en la presentación y se rechazará la devolución.

Consejo 4. Qué gastos puede deducir
Si bien es cierto que cada tipo de contribuyente tiene deducciones propias de su régimen o actividad, todas las personas físicas tienen derecho de efectuar deducciones personales. En términos generales, las deducciones personales son:

i. Honorarios médicos y dentales y gastos hospitalarios
ii. Gastos de funerales
iii. Donativos
iv. Aportaciones voluntarias al sistema de ahorro para el retiro
v. Primas por seguros de gastos médicos
vi. Gastos del transporte escolar obligatorio
vii. Colegiatura escolar
viii. Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios

Es importante mencionar que las facturas deben corresponder a la actividad del proveedor que las emitió; por ejemplo, si una persona contrató un seguro de gastos médicos en una empresa no autorizada como aseguradora, el sistema automático del SAT determinará una inconsistencia, rechazará la devolución y señalará una omisión.

Consejo 5. Si realizó gastos por concepto de colegiatura, ¿qué requisitos debe cumplir?
El 15 de febrero de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto en el que se establece un estímulo fiscal para aquellos gastos que deriven del pago de las colegiaturas desde preescolar hasta bachillerato o equivalente, siempre que se trate de las colegiaturas para los estudios del propio contribuyente, su cónyuge, sus hijos o sus padres. Sin embargo, esta deducción tiene los siguientes topes máximos anuales:

Preescolar: $14,200
Primaria: $12,900
Secundaria: $19,900
Profesional técnico: $17,100
Bachillerato o equivalente: $24,500

Para hacer valer la deducción, los comprobantes deben llevar los siguientes elementos: nombre del alumno y CURP, nivel educativo, valor total destinado a la colegiatura separando otros conceptos (como inscripciones, libros, útiles escolares, uniformes, etc.) y RFC del contribuyente que realizó el pago. Asimismo, se establece que dichos pagos deberán hacerse a través de medios electrónicos o cheques nominativos.

Consejo 6. ¿Qué se debe hacer con las facturas digitales?
A partir del 1° de diciembre de 2010 se ven con creciente frecuencia los comprobantes digitales. En caso de que las autoridades fiscales deseen comprobar la veracidad de sus comprobantes fiscales digitales, tienen el derecho de solicitarle los archivos con extensión XML y no la factura impresa, así que si va a deducir comprobantes fiscales digitales, tenga a la mano dichos archivos.

Consejo 7. Revise que todos los documentos tengan los datos completos
Hoy en día el proceso de validación interno del SAT es completamente automático, por lo que los contribuyentes deben revisar que todos sus comprobantes, ya sea de ingresos o gastos, tengan su información completa y correcta. El sistema no reconoce las claves del RFC incompletas, sin homoclave o equivocadas. Si un comprobante incluye errores, los contribuyentes tienen el derecho de solicitar que los corrijan. No corregir los errores en los comprobantes provocará su rechazo.

Consejo 8. Revise que la FIEL esté activa y que cuenta con la CIECF
Para presentar la declaración anual existen dos vías: la FIEL o la CIECF. Si no cuenta con ninguna, no podrá enviar su declaración por internet. La CIECF es una contraseña de ocho caracteres alfanuméricos que se obtiene en cualquier administración del SAT. Si aún no la tiene, puede acudir sin cita a la “ventanilla express” y solicitarla.

Por su parte, la FIEL tiene una vigencia definida: si la obtuvo antes del 30 de junio del 2010, su vigencia es de dos años; si la obtuvo después, su vigencia es de cuatro años. Es muy importante que si ya se venció, pida inmediatamente una cita para acudir al SAT, porque al acercarse la fecha de la presentación, será muy complicado encontrar lugar. Si aún no ha vencido la FIEL, el contribuyente pueden renovarla por internet, con lo que se evita tiempos de espera innecesarios.

Consejo 9. Revise que su declaración esté bien hecha
Ya sea que contrate un servicio privado o que acuda a un servicio gratuito, revise que los datos de su declaración estén correctos, desde su nombre y su dirección, hasta el número de cuenta Clabe que se anota en caso de que tenga saldo a favor. Cualquier error provocará una inconsistencia que haga que se rechace su declaración.

Consejo 10. Si no sabe qué hacer o tiene dudas, ¡pida ayuda!
Tanto los asesores gratuitos como contadores privados especializados le podrán brindar la asistencia que requiera su caso particular. El tema fiscal en México es muy serio e importante, por lo que reunir toda la ayuda posible disminuye la probabilidad de cometer errores.

Si lee con atención estos consejos y los sigue, aumentará la probabilidad de que presente correctamente su declaración.?

Un Comentario

  1. Martín Villegas Glez
    Publicado %A %B %e%q, %Y en 9:24 pm | Permalink

    Gracias por despejar varias dudas que tenía, su información fué muy valiosa y clara.

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